Licitaciones
CARTEL DE LICITACIÓN REDUCIDA N.° 20-IPEC BARVA-2026
EQUIPAMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DE CONTABILIDAD PARA EL INSTITUTO
PROFESIONAL DE EDUCACIÓN COMUNITARIA DE BARVA (IPEC BARVA)
1. Introducción
La Junta Administrativa del Instituto Profesional de Educación Comunitaria de Barva (IPEC Barva), en adelante denominada “La Junta”, promueve la Licitación Reducida N.° 20-IPEC BARVA-2026, denominada “Equipamiento y Acondicionamiento de Contabilidad”.
El presente procedimiento tiene como finalidad dotar a la familia de especialidades de Contabilidad del IPEC Barva de recursos tecnológicos que permitan fortalecer el desarrollo de las lecciones y las prácticas propias de la formación técnica, facilitando el acceso de las personas estudiantes a herramientas tecnológicas necesarias para el logro de los aprendizajes esperados y el desarrollo de competencias digitales. La contratación se tramitará de conformidad con la Ley General de Contratación Pública N.° 9986, su Reglamento, el Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, las disposiciones aplicables a la ejecución de recursos provenientes de la Ley N.° 7372 y demás normativa vigente aplicable.
2. Objeto de la contratación
La presente contratación tiene por objeto la adquisición de equipo tecnológico requerido para el Equipamiento y Acondicionamiento de Contabilidad del IPEC Barva, de conformidad con el Plan de Inversión aprobado. La contratación comprende:
Los bienes serán destinados al fortalecimiento de los procesos de enseñanza y aprendizaje de las especialidades de Contabilidad, Contabilidad y Finanzas y Banca y Finanzas.
3. Vinculación con el Plan de Inversión y contenido presupuestario
La presente contratación responde al Plan de Inversión Ley N.° 7372 denominado “Equipamiento y Acondicionamiento de Contabilidad”, correspondiente al período 2026.
El objetivo establecido en dicho Plan de Inversión consiste en: “Equipar y acondicionar Contabilidad con los requerimientos mínimos para el desarrollo de la especialidad”.
El Plan de Inversión contempla la adquisición de:
Los bienes serán destinados principalmente a las aulas 16 y 17, ubicadas en el Pabellón N.° 4 del IPEC Barva.
La contratación deberá ejecutarse dentro de los alcances, finalidad y disponibilidad presupuestaria autorizados mediante el respectivo Plan de Inversión.
4. Presupuesto máximo
Para el presente procedimiento se dispone de un presupuesto máximo de: ₡4.515.279,56 (cuatro millones quinientos quince mil doscientos setenta y nueve colones con cincuenta y seis céntimos).
Los recursos corresponden a la Ley N.° 7372, período 2026.
El precio ofertado deberá contemplar la totalidad de los costos necesarios para la correcta ejecución contractual, incluidos, cuando correspondan:
No se reconocerán posteriormente costos que debieron encontrarse contemplados en la oferta.
La disponibilidad presupuestaria no obliga a la Administración a ejecutar la totalidad del monto disponible.
La adjudicación estará condicionada al contenido presupuestario disponible y certificado.
5. Detalle de los bienes y especificaciones técnicas mínimas
Las especificaciones establecidas en este apartado constituyen requerimientos técnicos mínimos de admisibilidad. El oferente deberá demostrar documentalmente el cumplimiento de cada una de las características correspondientes.
Línea N.° 1: Computadoras portátiles
Cantidad: 10 unidades.
Especificaciones técnicas mínimas:
Línea N.° 2: Carrito o estación móvil para almacenamiento y carga
Cantidad: 1 unidad.
Especificaciones técnicas mínimas:
5.1. Condiciones técnicas aplicables a los bienes
Los bienes ofertados deberán cumplir integralmente con las características establecidas.
Las especificaciones técnicas indicadas constituyen condiciones mínimas, por lo que no se admitirán bienes que presenten características inferiores a las requeridas. La indicación de una característica superior a la mínima establecida será admisible siempre que no implique una limitación funcional, incompatibilidad o modificación del objeto de la contratación.
Los equipos y demás bienes ofertados deberán corresponder a productos comercialmente disponibles y aptos para utilización institucional frecuente.
La Administración podrá verificar las características técnicas mediante fichas técnicas, catálogos, información oficial del fabricante, manuales u otra documentación técnicamente idónea.
La sola indicación en la oferta de que el bien “cumple” con las especificaciones no sustituye la obligación de aportar información que permita verificar objetivamente dicho cumplimiento.
5.2. Condiciones particulares de la Línea N.° 1
Las diez (10) computadoras portátiles ofrecidas deberán corresponder a una misma marca y modelo o, cuando exista una situación debidamente justificada, garantizar características técnicas y funcionales homogéneas entre todos los equipos suministrados.
Cada computadora deberá entregarse con el sistema operativo, antivirus y software de ofimática requeridos debidamente instalados, activados y licenciados, de forma que puedan utilizarse desde el momento de su recepción.
Las licencias deberán ser legítimas.
Cada computadora deberá entregarse con su respectivo adaptador o cargador de corriente y con los componentes indispensables para su normal funcionamiento. No se admitirán equipos cuya memoria RAM o almacenamiento sean inferiores a los mínimos establecidos.
El procesador deberá poseer como mínimo seis (6) núcleos.
5.3. Condiciones particulares de la Línea N.° 2
El carrito o estación móvil deberá permitir el almacenamiento seguro y organizado de mínimo veinte (20) computadoras portátiles.
La estructura deberá ser apropiada para uso frecuente en un centro educativo. Los rodines o ruedas deberán permitir una movilización funcional y segura. El diseño interno deberá permitir mantener separados, organizados y protegidos los equipos.
El sistema de alimentación o carga deberá resultar compatible con la instalación eléctrica institucional y permitir el manejo organizado y seguro de las conexiones.
Se admitirá capacidad superior a veinte (20) computadoras siempre que se cumplan integralmente las demás condiciones.
5.4. Equivalencia técnica
Las características establecidas constituyen requerimientos mínimos y no implican exigencia de una marca, fabricante o modelo determinado.
Las marcas, modelos o referencias contenidas en cotizaciones utilizadas para elaborar el Plan de Inversión o estudio de mercado tendrán carácter únicamente referencial.
Se admitirán bienes de cualquier marca o fabricante que cumplan objetivamente las características mínimas.
También podrán ofrecerse características equivalentes o superiores, siempre que se demuestre documentalmente su cumplimiento y no se altere el objeto, funcionalidad o finalidad de la contratación.
5.5. Condición de los bienes Todos los bienes deberán ser:
No se admitirán equipos usados, reparados, reconstruidos, remanufacturados o reacondicionados.
5.6. Garantía mínima
Todos los bienes deberán contar con garantía mínima de doce (12) meses, contados a partir de su recepción definitiva.
La garantía cubrirá como mínimo defectos de fabricación y funcionamiento no atribuibles al uso inadecuado.
La reparación, sustitución o gestión correspondiente durante la garantía deberá realizarse sin costo adicional para la Junta.
6. Condiciones generales de los bienes
Todos los bienes ofertados y adjudicados deberán:
7. Requisitos de admisibilidad del oferente y de la oferta
Para continuar a la etapa de evaluación, la oferta deberá cumplir integralmente los requisitos administrativos, legales y técnicos.
El oferente deberá:
El cumplimiento técnico mínimo constituye requisito de admisibilidad y no será objeto de puntuación.
Únicamente las ofertas declaradas admisibles continuarán a evaluación.
8. Documentación técnica
El oferente deberá aportar documentación suficiente e idónea que permita comprobar objetivamente el cumplimiento técnico.
Podrá consistir en:
8.1. Computadoras portátiles Deberá verificarse como mínimo:
8.2. Carrito o estación móvil Deberá verificarse como mínimo:
9. Experiencia del oferente
El oferente deberá acreditar experiencia mediante:
Para cada experiencia deberá poder determinarse, como mínimo, el bien suministrado y el cliente o entidad correspondiente.
Se requerirán dos experiencias comprobadas como requisito de admisibilidad. Las experiencias adicionales serán consideradas en el sistema de evaluación.
10. Oferta económica
El oferente deberá indicar separadamente para cada línea:
Además, deberá indicar el precio total global de la oferta, correspondiente a la suma de ambas líneas.
Los precios deberán expresarse en colones costarricenses o, en caso de moneda extranjera, indicar claramente la moneda y el tipo de cambio aplicable.
El precio deberá comprender la totalidad de los costos necesarios para la entrega.
El oferente deberá cotizar obligatoriamente ambas líneas y la totalidad de las cantidades solicitadas.
11. Mecanismo de adjudicación
La contratación será adjudicada de forma global a un único oferente, considerando conjuntamente la totalidad de las líneas, bienes y cantidades.
Para ser susceptible de adjudicación, la oferta deberá:
No se admitirán ofertas parciales, sea por omisión de una línea, cantidades inferiores o exclusión de algún bien.
La evaluación se realizará sobre la totalidad del objeto contractual y no procederá la adjudicación independiente de líneas a distintos oferentes.
La adjudicación recaerá en un único oferente que cumpla integralmente los requisitos, obtenga la mayor calificación global y cuyo precio se encuentre dentro del contenido presupuestario disponible.
La Administración podrá declarar infructuoso o desierto el procedimiento cuando legalmente corresponda.
12. Sistema de evaluación
La evaluación será global, únicamente entre ofertas admisibles que contemplen la totalidad del objeto contractual.

12.1. Precio global — 70 puntos
La oferta admisible con el menor precio total global obtendrá 70 puntos. Las demás:
Puntaje = (menor precio global admisible / precio global de la oferta evaluada) × 70
12.2. Experiencia adicional — 15 puntos
Las dos experiencias mínimas de admisibilidad no generan puntos.
12.3. Garantía adicional — 10 puntos
La garantía ofrecida deberá aplicar a la totalidad de los bienes.
12.4. Plazo de entrega — 5 puntos
El plazo corresponderá a la entrega completa de ambas líneas.
13. Criterio de desempate
En caso de igualdad en la calificación final global, se aplicarán sucesivamente:
De persistir el empate, se aplicará el mecanismo permitido por la normativa vigente, dejando constancia en el expediente.
14. Garantía de los bienes
La garantía mínima será de doce meses desde la recepción definitiva. El adjudicatario deberá atender defectos de fabricación o funcionamiento cubiertos. Todos los costos de reparación o sustitución serán asumidos por el adjudicatario. La garantía adicional ofrecida y puntuada se incorporará como obligación contractual.
15. Plazo y lugar de entrega
La totalidad de los bienes deberá entregarse dentro del plazo indicado en la oferta adjudicada.
El plazo comenzará a computarse a partir de la comunicación u orden correspondiente.
Lugar de entrega: IPEC Barva, Barva de Heredia, 600 metros al noreste de la Iglesia de Barva, carretera a San José de la Montaña.
La fecha y hora deberán coordinarse previamente con la Administración. El adjudicatario asumirá transporte, carga, descarga y entrega.
16. Recepción y verificación de los bienes
La Administración verificará:
La recepción material no implica aceptación definitiva cuando existan faltantes, defectos o diferencias.
El adjudicatario deberá corregir, completar o sustituir lo correspondiente sin costo. La recepción definitiva procederá una vez comprobado el cumplimiento integral.
17. Forma de pago
El pago se realizará una vez recibida satisfactoriamente la totalidad de los bienes correspondientes a ambas líneas, previa presentación de factura y cumplimiento de
los procedimientos administrativos, presupuestarios y financieros. No procederá el pago de bienes rechazados o pendientes de sustitución.
18. Consultas al cartel
Las consultas relacionadas con el presente procedimiento deberán remitirse únicamente al correo:
Fecha límite para consultas: 02 DE SETIEMBRE DE 2026
Hora límite: 11:59 P.M.
Las consultas recibidas posteriormente no serán atendidas.
Las respuestas, aclaraciones o modificaciones deberán comunicarse de forma que se garantice igualdad de información entre las personas interesadas.
19. Presentación y recepción de ofertas
Las ofertas deberán remitirse únicamente al correo: [email protected] En el asunto deberá indicarse: “OFERTA – LICITACIÓN REDUCIDA N.° 20-IPEC BARVA-2026”
La oferta deberá presentarse en formato PDF, debidamente firmada y acompañada de todos los documentos requeridos.
Por tratarse de una adjudicación global, deberá comprender ambas líneas y la totalidad de las cantidades requeridas.
Fecha límite de recepción: 04 DE SETIEMBRE DE 2026
Hora límite: 11:59 p. m.
No se admitirán ofertas posteriores al vencimiento del plazo.
20. Confirmación de recepción
El oferente deberá conservar evidencia del envío electrónico de su oferta. En caso de no recibir confirmación, deberá comunicarse con la Junta Administrativa antes del vencimiento del plazo establecido.
La confirmación de recepción no implica admisibilidad ni aceptación del contenido de la oferta.
21. Apertura de ofertas
La apertura de las ofertas se realizará en sesión de la Junta Administrativa del IPEC Barva.
Fecha: 07 DE SETIEMBRE DE 2026
Hora: 3:00 p. m.
Una vez efectuada la apertura se procederá con el análisis administrativo, técnico y económico.
No se admitirán ofertas nuevas ni modificaciones sustanciales posteriores al vencimiento del plazo, sin perjuicio de aclaraciones o subsanaciones legalmente procedentes.
22. Análisis administrativo de las ofertas
La Administración verificará, entre otros aspectos:
Únicamente las ofertas que resulten admisibles continuarán al análisis técnico y económico.
23. Análisis técnico
La Administración verificará el cumplimiento integral de las especificaciones técnicas mínimas establecidas.
Se revisarán las fichas técnicas, catálogos, documentación del fabricante y demás elementos aportados.
La sola manifestación de que un producto “cumple” no será suficiente cuando la documentación aportada no permita comprobar objetivamente la característica requerida.
La oferta que incumpla una especificación técnica mínima de admisibilidad será tratada conforme a las reglas establecidas en el cartel y la normativa aplicable.
24. Análisis económico y evaluación
Una vez determinada la admisibilidad administrativa y técnica, se realizará la evaluación de las ofertas conforme al artículo 12.
La comparación será global, utilizando el precio total correspondiente a la totalidad de las líneas y cantidades.
No se realizará evaluación o adjudicación separada por línea.
25. Subsanaciones y aclaraciones
La Administración podrá solicitar aclaraciones o subsanaciones cuando resulten legalmente procedentes, sin permitir modificaciones que otorguen ventaja indebida o alteren elementos esenciales de la oferta.
Las subsanaciones no podrán utilizarse para modificar sustancialmente:
No podrá utilizarse una subsanación para incorporar posteriormente una línea omitida cuando la presentación de ambas líneas constituya requisito de admisibilidad.
26. Obligaciones del adjudicatario
El adjudicatario deberá:
27. Incumplimiento contractual
El adjudicatario estará obligado a cumplir las cantidades, características técnicas, calidad, plazo de entrega, garantía y demás condiciones contenidas en:
El incumplimiento facultará a la Administración para adoptar las medidas que correspondan conforme a la Ley General de Contratación Pública N.° 9986, su Reglamento y demás normativa aplicable.
La recepción no libera al adjudicatario de las responsabilidades derivadas de la garantía.
28. Expediente administrativo
La Junta Administrativa mantendrá el expediente administrativo del procedimiento, incorporando, según corresponda:
La N.° 18 contempla expresamente dentro de su expediente el cartel, modificaciones, consultas, ofertas y análisis administrativo, técnico y económico.
29. Consideraciones finales
La presentación de la oferta implica el conocimiento y aceptación de las condiciones establecidas en el presente cartel.
Las referencias a marcas, fabricantes o modelos contenidas en cotizaciones, estudios de mercado u otros documentos preparatorios deberán entenderse únicamente como referencias.
Para determinar la admisibilidad prevalecerán las especificaciones técnicas mínimas establecidas en este cartel.
Los oferentes podrán presentar bienes con características equivalentes o superiores, siempre que acrediten documentalmente su cumplimiento.
La Administración podrá verificar la información aportada durante el análisis y ejecución contractual.
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